Preguntas frecuentes Residencia y Permisos

¿Cómo solicitar un visado de estudiante?

Debes hacerlo desde tu país de origen o de residencia legal, a través del consulado español. Necesitas:

  • Carta de admisión de un centro de estudios autorizado en España.

  • Medios económicos suficientes (mínimo 100% del IPREM mensual).

  • Seguro médico.

  • Certificado de antecedentes penales.

  • Prueba de alojamiento.

¿Puedo trabajar si tengo un visado de estudios?

Sí. Puedes trabajar hasta 30 horas semanales siempre que el trabajo sea compatible con los estudios y se notifique a la Oficina de Extranjería. También puedes hacer prácticas si el plan de estudios las contempla.

¿Cómo puedo cambiar mi visado de estudiante a un permiso de trabajo?

Puedes solicitar el cambio a:

  • Trabajo por cuenta ajena (con oferta de empleo).

  • Trabajo por cuenta propia (si emprendes). Debes haber estado al menos 3 años como estudiante y haber superado los estudios con aprovechamiento. También hay una vía para cambiar a residencia para búsqueda de empleo tras terminar estudios superiores.

¿Qué se necesita para contratar legalmente a un extranjero en España?
  • Que el extranjero tenga permiso de trabajo vigente o se tramite una autorización inicial.

  • El empleador debe estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.

  • La oferta debe ser a jornada completa, con contrato mínimo de 1 año (salvo excepciones).

  • La vacante debe estar en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o justificar por qué no hay españoles para el puesto.

¿Cómo solicitar un permiso de trabajo por cuenta ajena?

Si estás fuera de España, lo solicita el empleador en tu nombre. Si estás dentro (por ejemplo, con arraigo o cambio de estancia), puedes gestionarlo tú mismo. En ambos casos se necesita:

  • Contrato de trabajo.

  • Medios del empleador.

  • Pasaporte y antecedentes penales.

  • Documentación específica si es un cambio de situación (estudiante, arraigo…).